El propósito de este artículo es explicar, en términos generales, qué es una alianza público-privada (APP) y sus características principales. Siendo este un modelo relativamente nuevo, es imprescindible que no solo presentemos una definición, sino que también establezcamos los contrastes con otros tipos de acuerdos (más comunes) y que suelen confundirse con las APP. Finalmente para poner todo en contexto, presentaremos un ejemplo de una APP.
Definición
Una APP es un acuerdo contractual entre una agencia del sector público y una entidad gubernamental o no gubernamental, este último típicamente denominado el operador.
Bajo este acuerdo contractual, la agencia del sector público le cede al operador el derecho y la obligación relacionada a la prestación de servicios al público.
Otras características sobre este tipo de acuerdo son:
La agencia del sector público mantiene la titularidad del activo que se utiliza para proveer el servicio.La agencia del sector público cede al operador el derecho y la obligación relacionada a la prestación de servicios al público a cambio de una consideración significativa (en forma de un pago inicial y/o pagos anuales durante el periodo del contrato).Relacionado al punto 2, la APP se forma con el propósito de ofrecer un servicio al ciudadano.El operador cobrará y será compensado por tarifas de terceros.El acuerdo es por un término de tiempo específico.El operador se compromete a devolver el activo (al final del contrato) en igual o mejor condición. Típicamente debe haber un acuerdo de las mejoras a realizarse durante el periodo del acuerdo.Una APP no solo se puede formar con el propósito de ofrecer un servicio a los ciudadanos, sino también para construir u operar una instalación o proyecto que se considere alta prioridad para el Gobierno, sea por la urgencia, necesidad o conveniencia del proyecto para los ciudadanos.
La Autoridad de Alianzas Públicas de Puerto Rico, es la entidad encargada de implementar la política pública para el establecimiento de alianza público-privadas en Puerto Rico.
Otros Acuerdos
Tomando en consideración los puntos 1 al 6 arriba, es importante no confundir una APP con un arrendamiento, una privatización y/o de un acuerdo de contratación externa. En términos generales:
- Bajo un acuerdo de arrendamiento, una de las partes cede a la otra el uso temporal de una cosa, mueble o inmueble, por cierta cantidad de dinero. A diferencia de una APP en un arrendamiento el arrendatario no entra en un acuerdo con el derecho y la obligación relacionada a la prestación de servicios al público, ni tampoco presta una consideración significativa para entrar en este tipo de acuerdo.
- En una privatización, el estado vende un bien público a una empresa privada. En contraste con la APP, en la privatización, el título del bien público se le transfiere a la empresa privada.
- En un arreglo de contratación externa, la relación entre el gobierno y la entidad contratada (mayormente conocido como un “vendor”) es similar a la de un comprador y vendedor, y los arreglosson generalmente a corto plazo (un término típico para este acuerdo es “outsourcing”).
- El riesgo y responsabilidad de la prestación del servicio sigue siendo en gran medida del gobierno (no se cede el derecho y la obligación relacionada a la prestación de servicios al público). Típicamente, el gobierno puede compensar directamente al proveedor de los servicios prestados (distinto a que bajo la APP la agencia del sector público recibe una consideración significativa).
Ejemplo
Un buen ejemplo y uno que todos conocemos es la APP del Aeropuerto Internacional Luis Muñoz Marín (ALMM).
La Autoridad de Puertos de Puerto Rico (PRPA por sus siglas en inglés) se creó para administrar todos los puertos y las instalaciones de transporte de aviación del Estado Libre Asociado de Puerto Rico. Entre las instalaciones de transporte de aviación administradas por la PRPA, está el ALMM.
El 24 de julio de 2012, la PRPA (mediante contrato) otorgó a un operador no gubernamental el derecho a operar, administrar, mantener, mejorar, desarrollar y rehabilitar el ALMM y el derecho a cobrar y retener todos los honorarios, cargos e ingresos con respecto al ALMM. El término del Contrato de Arrendamiento es de cuarenta (40) años. La PRPA recibió un pago inicial por parte del operador no gubernamental y también recibe y recibirá pagos anuales durante el periodo del contrato.
Si desea obtener un mejor entendimiento sobre este tema, le recomiendo el pronunciamiento contable, emitido por por la Junta de Principios de Contabilidad Gubernamental (GASB por sus siglas en inglés), y que rige este tipo de transacción, el GASB Num. 60 “Accounting and Financial Reporting for Service Concession Arrangements”, según enmendado.